Actualidad

Así puedes comprobar si te han aprobado la ayuda de 200 euros

La sede electrónica de la AEAT permite comprobar si se ha concedido o no el abono del cheque.


El plazo para solicitar el cheque de las ayudas de 200 euros que ha aprobado el Gobierno se abrió el pasado 15 de febrero y estará abierto hasta el 31 de marzo.

Muchas son las dudas que vienen surgiendo en relación a si ha sido o no aprobada esta ayuda. En este artículo te voy a explicar los pasos que debes dar para comprobar el estado de tu solicitud.

¿Cómo sé si me han concedido la ayuda?

1. Lo primero que debes hacer es entrar en la web de la Agencia Tributaria.

2. Posteriormente haz click en “Consulta de Solicitudes presentadas”. Cuando se haya completado la identificación, aparecerá el DNI de la persona que haya introducido las claves para acceder.

3. Haz click en «filtro de búsqueda de la consulta», donde se muestra una casilla que pone “Mostrar declaraciones en estado de baja».

Una vez la selecciones, la página mostrará el resultado de la solicitud.

4. El estado de la solicitud puede tener varios escenarios:

  • Solicitud Alta: significa que la ayuda de 200 euros esta de alta y en tramite.
  • Solicitud Aprobada: significa que la ayuda de 200 euros ha sido aprobada y que realizaran el pago dentro del plazo estipulado.
  • Solicitud Baja: significa que la ayuda no ha sido concedida.

Recuerda que para acceder a la sede electrónica deberás disponer de la identificación a través de un certificado electrónico, DNI o Cl@ve PIN.

Si quieres recibir más artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.

Requisitos para solicitar la ayuda

Los requisitos para solicitar la ayuda de 200€ son los siguientes:

  • Asalariados
  • Autónomos
  • Desempleados que estén registrados en las oficinas de empleo y no reciban otras prestaciones sociales.
  • Tener residencia habitual en España
  • Los ingresos deberán ser inferiores a 27.000 euros anuales.
  • El patrimonio no superará los 75.000 euros y no se incluirá la vivienda habitual

Información adicional

Laura Castilla

Asesora Sociolaboral

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba