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Esto es lo qué se cobra por cada grado de incapacidad permanente con la nueva actualización

por Redacción
3 de noviembre de 2022

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La pensión de incapacidad permanente forma parte de las pensiones contributivas del estado español. Así, todas las pensiones de incapacidad permanente se revalorizan cada año bajo el mismo procedimiento de las pensiones contributivas, a no ser que el Gobierno de España dictamine lo contrario en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

El Gobierno de España ha aprobado el anteproyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2023, que recoge una nueva revalorización de las pensiones contributivas y no contributivas en función del Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior.

La inflación de precios durante el año 2022 hace que el Ejecutivo Central estime un IPC interanual del 8,5%, lo que supondrá una subida importante en todas las pensiones contributivas y no contributivas del sistema español.

En España existen diferentes tipos de incapacidad permanente. Según el grado de invalidez, las posibilidades de compatibilidad de la pensión y actividad laboral varían. Además, la cuantía económica que recibe cada persona también depende del grado de incapacidad permanente reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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Grados y porcentajes

Estos son los grados de incapacidad permanente y el porcentaje de base reguladora que les corresponde en la pensión:

  • Parcial: Consiste en una indemnización de pago único, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora. No se trata de una pensión mensual como tal.
  • Total: La pensión es equivalente al 55% de la base reguladora. No obstante, si el trabajador tiene al menos 55 años y se encuentra inactivo laboralmente, la base reguladora puede ser del 75%. En este último caso, se denomina incapacidad permanente total cualificada.
  • Absoluta: Al inhabilitar al trabajador para cualquier profesión u oficio, la base reguladora en la pensión es del 100%.
  • Gran Invalidez: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio, además de reconocer que el ciudadano necesita la ayuda de terceras personas para llevar a cabo las actividades cotidianas del día a día. Así, se corresponde con el 100% de la base reguladora en la pensión, más un complemento adicional de Gran Invalidez. El mínimo es un 45% adicional.

Información adicional

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