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RENTA 2021 / 2022: ¿Quién esta exento de presentar la declaración?

por Redacción
24 de febrero de 2022

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La campaña de la Renta 2021 ya está a la vuelta de la esquina, y según el calendario del contribuyente, la campaña arranca el 6 de abril, cuando se podrán empezar a presentar las declaraciones de IRPF y patrimonio a través de internet.

Se podrá presentar hasta el 30 de junio según los datos de la Agencia Tributaria.

Si quieres presentar la declaración por teléfono, tendrás que esperar hasta el 5 de mayo, mientras que la presentación en oficinas comienza el 1 de junio.

El 30 de junio será el último día para presentar la declaración, salvo los contribuyentes con resultado a ingresar que quieran domiciliar el resultado de su liquidación, que tendrán tiempo para hacerlo hasta el 27 de junio.

Es posible que tengas varios pagadores sin saberlo. Por ejemplo, las prestaciones por desempleo las abona el Servicio Público de Empleo (SEPE), las pensiones y otras prestaciones generalmente las abona la Seguridad Social (INSS) y algunas ayudas asistenciales, como las rentas de inserción autonómicas, las abonan los gobiernos autonómicos.

Si has tenido varios contratos laborales, cada una de las empresas que nos ha pagado será un pagador distinto.

Las excepciones a la hora de realizar la Declaración de la Renta

Es muy importante que recordemos cuáles son las personas que quedan exentas en el ejercicio de este trámite llevado a cabo por Hacienda.

  • Aquellos trabajadores que hayan tenido más de un pagador en el año 2021 y cuya renta anual no supere los 14.000€.
  • Trabajadores cuyo sueldo anual sea inferior a 22.000€, siempre y cuando este dinero haya procedido en 2021 de un solo pagador.
  • Ganancias patrimoniales que no superen los 1.000€.
  • Si en el caso de tener varios pagadores, la suma total de todos los ingresos no supere los 1.500€ mensuales.
  • Aquellos trabajadores que hayan sufrido pérdidas patrimoniales de más de 500€.

Información adicional

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