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En estos casos puedes cobrar un sueldo y el Ingreso Mínimo Vital a la vez

por Redacción
4 de febrero de 2022

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se considera una de las medidas estrella del Gobierno y se destina a las personas con menos recursos, siempre que acrediten un nivel determinado de ingresos y cumplan con otras características y niveles de patrimonio concretos.

Esta prestación económica entró en vigor por primera vez en marzo de 2020, en plena pandemia del Covid-19. Sin embargo, un año y medio después no se han cumplido las estimaciones de cobertura planteadas por el Gobierno de España.

Compatibilidad del IMV con otros ingresos

De acuerdo con la página web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el Ingreso Mínimo Vital es compatible «con otros ingresos, incluidos los laborales y los obtenidos por los trabajadores autónomos» y también con «ayudas sociales de carácter finalista, tales como becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares».

Lo único que hay que cumplir, al margen del resto de requisitos previos, es no cruzar el umbral de ingresos dispuesto para cada unidad de convivencia.

Con el objetivo de determinar los ingresos para cada tipo de familia, se establecieron diferentes niveles de renta máxima. Tiene una doble aplicación: como límite para determinar si una unidad de convivencia puede acceder al IMV y también como tope para determinar la cuantía de la ayuda, si se tuviese derecho a ella.

En este segundo supuesto, la cuantía del IMV es la diferencia entre los ingresos que se permiten compatibilizar y el tope máximo de las ayudas para cada tipo de unidad familiar.

El Ministerio de Derechos Sociales explica que la prestación «no se dirige sólo a personas sin ningún ingreso o a personas desempleadas, sino también a personas y hogares con bajos ingresos y empleos precarios«.

Requisitos y cuantías para 2022

Para acceder al IMV en 2022 es necesario cumplir los requisitos estipulados previamente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Estos son los más destacados:

  1. Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante un año inmediatamente anterior a la solicitud.
  2. Acreditar encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que significa que acredita teniendo en consideración su patrimonio; así como su nivel de ingresos y rentas.
  3. Que la unidad de convivencia correspondiente se haya conformado hace al menos seis meses.
  4. Haber solicitado pensiones o prestaciones vigentes sobre las que pudiera tener derecho. En este apartado quedan exceptuados los salarios sociales o rentas mínimas de inserción.

Además, desde la Seguridad Social explican que «también se deben reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia».

Con respecto a las cuantías del Ingreso Mínimo Vital para este año 2022, el Gobierno ha establecido una subida del 3% en el IMV, recogida en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

De esta forma así quedan las cuantías máximas a percibir en función de la unidad de convivencia:
  • Un adulto: 5.889,6
  • Un adulto y un menor: 8.967,39
  • Conformada por un adulto y dos menores: 10.737,27
  • Un adulto y tres o más menores: 12.507,15
  • Dos adultos: 7.669,48
  • Dos adultos y un menor: 9.439,36
  • Conformada por dos adultos y dos menores: 11.209,24
  • Dos adultos y tres o más menores: 12.979,12
  • Tres adultos: 9.439,36
  • Tres adultos y un menor: 11.209,24
  • Conformada por tres adultos y dos o más niños: 12.979,12
  • Cuatro adultos: 11.209,24
  • Cuatro adultos y un niño: 12.979,12
  • Otros: 12.979,12

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