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Subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal

por Redacción
21 de abril de 2020

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Las trabajadoras temporales no pueden quedarse atrás en la lucha contra el Covid-19. Esta medida está pensada para que quienes contasen con un contrato temporal puedan acceder a una prestación o subsidio y no queden desprotegidos ante la crisis.

¿Quiénes pueden cobrar este subsidio de desempleo?

Las personas trabajadoras que tuviesen un contrato temporal de al menos dos meses de duración que se haya extinguido después de la entrada en vigor del estado de alarma y que no cuenten con cotizaciones suficientes para acceder a otro tipo de prestación o subsidio.

¿Hasta cuando estará en vigor este subsidio?

El subsidio tendrá una duración de un mes, y podrá ser prorrogado por el Gobierno en función de la duración del estado de alarma.

¿A cuánto asciende este subsidio?

Tendrá una cuantía igual al 80% del IPREM mensual (440 euros, aproximadamente)

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