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Ayudas para el pago del alquiler: aval bancario del estado

por Redacción
21 de abril de 2020

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Ayudas transitorias de financiación a personas arrendatarias con aval del Estado

Las personas que no puedan hacer frente a la renta de alquiler de su vivienda habitual como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19 podrán acogerse a las ayudas generadas para pagar el alquiler por medio de un aval bancario del Estado.

 

clausula

 

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a esta ayuda?

Debes encontrarte en situación de vulnerabilidad económica sobrevenida como consecuencia de la crisis sanitaria.

¿En qué consiste esta ayuda?

  • El Estado avala a personas en situación de vulnerabilidad para que las entidades bancarias ofrezcan financiación.
  • La devolución de los préstamos al alquiler serán por un plazo máximo de 6 años prorrogable excepcionalmente por otros 4 años.
  • Estos préstamos son a coste cero, no generan ningún tipo de gastos ni intereses para quien los solicite y son de destino exclusivo al pago del alquiler.

Si necesitas más información sobre esta ayuda para pagar el alquiler puedes consultar en los siguientes enlaces:

  • Preguntas frecuentes Archivo PDF. Se abrirá en una ventana nueva
  • Real Decreto-ley 11/2020 Se abrirá en una ventana nueva, medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
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