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Programa de ayudas al alquiler de una vivienda

por Redacción
18 de febrero de 2015

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El objetivo de este programa es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.

Estas ayudas al alquiler de una vivienda se encuentran aprobadas dentro del Plan de Vivienda hasta el 31 de diciembre de 2016, y ya son efectivas según una orden que ha publicado el BOE.
 
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Beneficiarios

  • Personas físicas mayores de edad
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario.
  • Que la vivienda arrendada o a arrendar, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  • Que los ingresos de las personas que tengan, o vayan a tener, su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, determinados de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.b) del artículo 6, inferiores al límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que da acceso a la ayuda establecido en el apartado 5 del artículo 12, o excepcionalmente a 3 veces el IPREM tal y como se recoge en el apartado 7 del mismo artículo. Las CCAA podrán fijar un límite inferior.
  • Renta de la vivienda igual o inferior a los 600 euros mensuales. Las CCAA podrán fijar un límite inferior.

Ayuda

  • Hasta el 40% de la renta anual.
  • Límite máximo: 2.400€ anuales por vivienda.

Plazo máximo de concesión

El Plazo máximo de concesión es de 12 meses prorrogables por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan. En todo caso, la fecha límite para percibir la ayuda será hasta el 31 de diciembre de 2016.

Solicitud

La solicitud se realiza a través de los Ayuntamientos y/o oficinas de vivienda.

Importante

La gestión de las ayudas es competencia de las Comunidades Autónomas y son ellas las que establecen la forma, plazos y vía para solicitarlas, en concreto, la Consejería competente en materia de vivienda de cada comunidad. Ya que cada Comunidad, cuenta con un presupuesto limitado y fijado a nivel estatal.
 

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